Las normativas que tendrá que superar los vehículos eléctricos y PHEV con la EURO 7

Los vehículos eléctricos deberán pasar unas normativas específicas, algunas obligatorias, y otras informativas.

La EURO 7 tiene prevista su entrada en vigor a partir del 1 de julio de 2025 (se puede atrasar) para coches y furgonetas. Es obligatorio superar esta normativa para poder vender un vehículo.

Los cero emisiones están obligados a ser más limpios y generar menos partículas de los frenos y de los neumáticos.

Las partículas de los frenos deberán reducirse en un 27%. Esto supone un máximo de 7 mg/km de partículas finas.

Se controlará la calidad de las baterías, más concretamente, la vida útil de los dispositivos de almacenamiento de energía. La batería montada en fábrica debe disponer de, al menos, una capacidad de carga del 75% (70% las furgonetas) cuando pasen 10 años.

También habrá una Euro 7G para los híbridos enchufables, los PHEV, con tecnología de geofencing. Esto permitirá que el coche cambie a modo 100% eléctrico en determinados lugares, como los centros urbanos.

El fabricante deberá instalar un sistema de aviso al conductor en esos vehículos para informar al usuario cuando las baterías de tracción estén casi vacías. Y si en los 5 km siguientes al primer aviso no se ha recargado la batería, el software detendrá el vehículo.

euro 7 y euroncap

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